{"id":491,"date":"2012-02-20T03:07:44","date_gmt":"2012-02-20T07:07:44","guid":{"rendered":"http:\/\/oficiodepapel.com.mx\/contenido\/?p=491"},"modified":"2012-02-20T03:09:41","modified_gmt":"2012-02-20T07:09:41","slug":"lunes-20-de-febrero-de-2012","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/oficiodepapel.com.mx\/contenido\/2012\/02\/20\/lunes-20-de-febrero-de-2012\/","title":{"rendered":"Lunes 20 de febrero de 2012"},"content":{"rendered":"<p>Una vez m\u00e1s los informes de la Auditoria Superior de la Federaci\u00f3n (ASF), \u00f3rgano t\u00e9cnico encargado de la revisi\u00f3n del gasto publico federal que depende por completo del Poder Legislativo, ponen bajo los reflectores el despilfarro que se hace del Presupuesto de Egresos de la Federaci\u00f3n; la manga ancha de los gobernadores para endeudarse y, sobre todo, el abuso de poder y la impunidad con la que se mueven los funcionarios p\u00fablicos a quienes, en el mejor de los casos, se les aplican criterios cuantitativos para revisar su gesti\u00f3n, pero nunca cualitativos.<\/p>\n<p>Es cierto, por lo tanto, que la ASF afinan sus criterios t\u00e9cnicos para revelar c\u00f3mo los gobernadores omiten los detalles finos de su endeudamiento, pero a\u00fan falta saber s\u00ed aplicaron de la mejor manera esos fondos en beneficio de los contribuyentes.<\/p>\n<p>Eso mismo sucede con los servidores p\u00fablicos a quienes no se les cuestionan los criterios ni la rendici\u00f3n de cuentas en su toma de decisiones. La administraci\u00f3n p\u00fablica deber\u00eda contar con procesos que marquen la visi\u00f3n social en la aplicaci\u00f3n del gasto p\u00fablico, pero no es as\u00ed y, tal vez, esperamos mucho de la Auditor\u00eda.<\/p>\n<p>Como dice el economista David Colmenares, porque pedirle m\u00e1s a la ASF si se trata de un \u00f3rgano t\u00e9cnico que simplemente no tiene autonom\u00eda presupuestal ni facultades administrativas sancionatorias; acaso resarcitorias. De hecho, en 2010 recuper\u00f3 m\u00e1s de 6 mil 351 millones de pesos y en ocho a\u00f1os la suma asciende a 50 mil millones. Lo que nunca sabremos es cu\u00e1nto ha perdido el pa\u00eds en materia de crecimiento, de igualdad y oportunidades para su poblaci\u00f3n a causa de la omisi\u00f3n y corrupci\u00f3n de funcionarios p\u00fablicos.<\/p>\n<p>Es limitado, por lo tanto, el n\u00famero de funcionarios inhabilitados o en prisi\u00f3n por incumplir sus obligaciones en la administraci\u00f3n p\u00fablica y, a\u00fan peor, incurrir en delitos en perjuicio del erario. El titular de la ASF propone la creaci\u00f3n de un Tribunal Federal Aut\u00f3nomo, alejado de cualquier posible conflicto de inter\u00e9s. Adem\u00e1s, dice Juan Manuel Portal, con un tribunal independiente se respetar\u00eda la esfera de competencia de la divisi\u00f3n de poderes y se tendr\u00eda un mayor alcance en la fiscalizaci\u00f3n de los gobiernos estatal y municipal, respecto a fondos  federales. As\u00ed, la capacidad sancionadora quedar\u00eda a buen resguardo y se evitar\u00eda  la contradicci\u00f3n de ser juez y parte.<\/p>\n<p>El titular de la ASF reconoce que los legisladores han ampliado las herramientas con las que cuenta esta entidad. Ahora se tiene el reconocimiento del Sistema Nacional de Fiscalizaci\u00f3n a nivel constitucional; se elimin\u00f3 la limitante para la promoci\u00f3n de acciones en las auditor\u00edas regionales sobre el desempe\u00f1o: adem\u00e1s se logr\u00f3 un adelanto gradual del plazo de presentaci\u00f3n de la Cuenta P\u00fablica por parte del Ejecutivo Federal para el \u00faltimo d\u00eda h\u00e1bil de febrero.<\/p>\n<p>La ASF tambi\u00e9n avanz\u00f3 en la realizaci\u00f3n de revisiones preliminares durante el ejercicio en curso y comenz\u00f3 a emitir recomendaciones con base en evaluaciones de los informes trimestrales. Ahora la Auditor\u00eda tambi\u00e9n cuenta con facultad para llevar a cabo, de manera directa, las revisiones de situaciones excepcionales. Lo m\u00e1s importante, sin embargo, es la facultad para fiscalizar esquemas de inversi\u00f3n de coparticipaci\u00f3n p\u00fablico privada, en donde se debe aclarar el monto de la deuda p\u00fablica y la deuda privada.<\/p>\n<p>Sin embargo, a pesar de las nuevas herramientas, los resultados siguen siendo cuantitativos y no cualitativos. De las 1 mil 31 revisiones realizadas \u2013 9 por ciento m\u00e1s que las del a\u00f1o anterior -, 626 tuvieron un enfoque financiero y de cumplimiento normativo. Cabe destacar el \u00e9nfasis de la ASF en las finanzas estatales a trav\u00e9s del Ramo 33, pues 558 fueron practicadas a estados y municipios; 356 las realiz\u00f3 directamente la ASF y el resto los \u00f3rganos de fiscalizaci\u00f3n superior locales. A todas las entidades federativas se les revis\u00f3 y a 178 municipios. El \u00e1mbito de revisi\u00f3n son los recursos federales que se les transfieren para su ejercicio.<\/p>\n<p>Se generaron 3 mil 843 acciones correctivas, que incluyen 1 mil 893 de responsabilidad administrativa con sanciones \u2013 el 82 por ciento derivadas de fiscalizaci\u00f3n de recursos transferidos-  y tan s\u00f3lo 98 denuncias de hechos.<\/p>\n<p><strong>Parcial, la estrategia contra el lavado <\/strong><\/p>\n<p>Adem\u00e1s de los programas de vivienda, del sector bancario y de las finanzas de los gobiernos estatales, la ASF analiz\u00f3 el cumplimiento de los programas para la prevenci\u00f3n y el combate contra el lavado de dinero a cargo de la SHCP.<\/p>\n<p>La ASF constat\u00f3 que Hacienda aplica acciones tendientes a cumplir la recomendaci\u00f3n 23 del GAFI, para lo cual emiti\u00f3 y public\u00f3 las disposiciones de car\u00e1cter general que previene y combate el lavado de dinero en las instituciones de cr\u00e9dito, casas de bolsa, casas de cambio, centros cambiarios, sociedades financieras populares, almacenes generales de dep\u00f3sito, arrendadoras financieras, y empresas de factoraje financiero, administradoras de fondos para el retiro, como las sociedades operadoras de sociedades de inversi\u00f3n y sociedades de objeto limitado.<\/p>\n<p>La revisi\u00f3n comprendi\u00f3 el desempe\u00f1o de la SHCP durante el ejercicio fiscal de 2010, en el cumplimiento de las obligaciones internacionales correspondientes a la incorporaci\u00f3n de M\u00e9xico al Grupo de Acci\u00f3n Financiera Internacional (GAFI) y su instrumentaci\u00f3n en la regulaci\u00f3n nacional, a fin de prevenir el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.<\/p>\n<p>La ASF estableci\u00f3 que al cierre del ejercicio fiscal de 2010, se comprob\u00f3 que Hacienda, por conducto  de las unidades administrativas coordinadoras de los distintos sectores del sistema financiero, no hab\u00eda emitido las disposiciones de car\u00e1cter general en materia de prevenci\u00f3n y combate al blanqueo de capitales para Sociedades Financieras de Objeto Limitado (Sofoles), Sociedades Financieras de Objeto M\u00faltiple (Sofomes) reguladas y no reguladas, y Uniones de Cr\u00e9dito, ni las reformas para Sociedades de Inversi\u00f3n, Sociedades Cooperativas de Ahorro y Pr\u00e9stamo, Almacenes Generales de Dep\u00f3sito, Arrendadoras Financieras, y Empresas de Factoraje Financiero.<\/p>\n<p>Como consecuencia de la intervenci\u00f3n de la ASF, mediante el oficio n\u00famero UBVA\/DGAAF\/120\/2011 del 13 de diciembre de 2011, la SHCP<br \/>\ninform\u00f3 que se estima que durante el primer trimestre de 2012, las reformas a las disposiciones de car\u00e1cter general aplicables a las entidades de ahorro y cr\u00e9dito popular y de las sociedades de inversi\u00f3n, as\u00ed como las nuevas disposiciones de car\u00e1cter general aplicables a las uniones de cr\u00e9dito, quedar\u00e1n concluidas.<\/p>\n<p>De esta forma, la ASF estima que, hasta ahora, Hacienda ha dado cumplimiento parcial a las disposiciones del GAFI.  Y ha sido parcial porque la publicaci\u00f3n de las normas  ha sido tard\u00eda. As\u00ed, se confirmar\u00eda que el discurso del presidente Felipe Calder\u00f3n contra el combate al dinero sucio de los c\u00e1rteles de la droga se habr\u00eda quedado en buenos deseos sin el marco regulatorio apropiado para que los bancos e intermediarios bancarios y no bancarios detengan el flujo de estos recursos. Sin contar que esto ocurre cuando falta menos de un a\u00f1o para que concluya su administraci\u00f3n, por lo que fall\u00f3 aqu\u00ed tambi\u00e9n la estrategia ejecutiva frente a la medi\u00e1tica.<\/p>\n<p>En la revisi\u00f3n del flujo de los comunicados emitidos entre las diversas instancias de la SHCP (UBVA, UIF, Subsecretar\u00eda de Ingresos), de la CNBV, de la Comisi\u00f3n Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) y de la Procuradur\u00eda Fiscal de la Federaci\u00f3n, que intervinieron en la elaboraci\u00f3n y revisi\u00f3n de las resoluciones para expedir las disposiciones de car\u00e1cter general relativas al establecimiento de medidas y procedimientos para prevenir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo en el sistema financiero mexicano, se descubri\u00f3 que entre la emisi\u00f3n de los proyectos originales y su publicaci\u00f3n en el Diario Oficial de la Fefderaci\u00f3n, transcurre un n\u00famero importante de d\u00edas, en el caso de las sociedades financieras de objeto limitado pasaron 923 d\u00edas; para las casas de bolsa, 847 d\u00edas; en las casas de cambio, 108 d\u00edas; en las sociedades financieras de objeto m\u00faltiple, 373 d\u00edas, y para las organizaciones auxiliares de cr\u00e9dito, 1 mil 2 d\u00edas. Demasiado tiempo, mientras en las calles la poblaci\u00f3n civil enfrent\u00f3 a grupos criminales muy bien financiados y con recursos para sostener sus operaciones.<\/p>\n<p>La ASF observ\u00f3 que en el proceso para la emisi\u00f3n y la publicaci\u00f3n de las disposiciones de car\u00e1cter general en materia de prevenci\u00f3n y combate al dinero sucio, no ha sido oportuno para agilizar el avance en la atenci\u00f3n de la recomendaci\u00f3n 23 del GAFI, debido a la dilaci\u00f3n con que se difunde de manera oficial a los sujetos obligados.<\/p>\n<p>El retraso en la publicaci\u00f3n de regulaciones contra el lavado de dinero preocupa a la ASF. La primera publicaci\u00f3n, de hecho, fue la correspondiente al marco regulatorio aplicable a las instituciones de cr\u00e9dito (20 de abril de 2009) y subsecuentemente las correspondientes al sector cambiario (25 de septiembre de 2009, se emitieron las disposiciones de car\u00e1cter general aplicables a casas de cambio y centros cambiarios) y de transferencia de recursos (17 de diciembre de 2009 se publicaron las disposiciones de car\u00e1cter general relativas a los transmisores de dinero), ya que en el reporte del 17 de Octubre de 2008 del GAFI, se reporta una valoraci\u00f3n de cumplimiento parcial en su recomendaci\u00f3n n\u00famero cinco.<\/p>\n<p>El propio GAFI establece: \u201cDeficiencias significativas en materia jur\u00eddica y en capacidad para la instrumentaci\u00f3n de los requerimientos de debida diligencia del cliente para centros cambiarios y transmisores de dinero\u201d. Falta preguntar qui\u00e9n tiene la culpa de estos retrasos y a qui\u00e9n se sancionar\u00eda por estas costosas omisiones que no s\u00f3lo representaron dinero sino tambi\u00e9n la vida de muchos mexicanos.<\/p>\n<p><strong>Una estimaci\u00f3n del problema desde Washington<\/strong><\/p>\n<p>El an\u00e1lisis del tama\u00f1o de la econom\u00eda mexicana as\u00ed como del monto de sus transacciones financieras y comerciales no justificar\u00eda el monto del dinero que ha salido del territorio mexicano. En plena crisis, lejos de reducirse los flujos identificados como il\u00edcitos han aumentado. Dos fen\u00f3menos lo justificar\u00edan: la facturaci\u00f3n fraudulenta y el lavado de dinero.<\/p>\n<p>En Washington, un revelador reporte elaborado por Global Financial Integrity \u2013 un centro de investigaci\u00f3n sin fines de lucro con sede en la capital estadounidense \u2013  establece que multinacionales y empresas que han obtenido fondos il\u00edcitos, han sacado del pa\u00eds unos 872 mil millones de d\u00f3lares, de los cuales 441 mil millones, el 50.5 por ciento se fugaron entre 2001 y 2010.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n revela que el dinero pasa a corporaciones multinacionales mediante la facturaci\u00f3n fraudulenta. En los gobiernos de Vicente Fox y Felipe Calder\u00f3n, la fuga ascender\u00eda a m\u00e1s de 530 mil millones de d\u00f3lares, el mismo monto que el Fondo Monetario Internacional necesita para tratar de revertir la crisis econ\u00f3mica mundial. La cifra, sin embargo, es \u201cconservadora\u201d, pues no incluye el dinero efectivo. M\u00e9xico, junto con China y Rusia, est\u00e1 a la cabeza de los pa\u00edses con mayor flujo de recursos financieros il\u00edcitos.<\/p>\n<p>El autor del reporte que deber\u00eda encender la se\u00f1al de alerta de la Secretar\u00eda de Hacienda, fue elaborado por  un execonomista del FMI y actual economista en Jefe de GFI y del Center for International Policy. Para medir los flujos il\u00edcitos, el economista Dev Kar utiliz\u00f3 el modelo residual del Banco Mundial y un modelo de facturaci\u00f3n fraudulenta basado en la Direcci\u00f3n de Estad\u00edsticas Comerciales del FMI. El modelo residual del Banco Mundial permite seguir los movimientos de capital no registrados, midiendo el valor residual o la diferencia entre las fuentes registradas de fondos de un pa\u00eds y su uso. Seg\u00fan este m\u00e9todo, en M\u00e9xico se ha producido una transferencia de capital no registrado o il\u00edcito desde el pa\u00eds, si la fuente de fondos es superior a su uso.<\/p>\n<p>El informe M\u00e9xico: flujos financieros il\u00edcitos, desequilibrios macroecon\u00f3micos y la econom\u00eda sumergida establece que en 11 a\u00f1os de gobiernos panistas, la fuga il\u00edcita de capitales asciende a 6 billones 845 mil 300 millones de pesos, dos veces el Presupuesto de Egresos de la Federaci\u00f3n 2012 (3 billones 706 mil 922 millones de pesos).<\/p>\n<p>oficiodepapel@yahoo.com.mx<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u2022 Piden tribunal para castigar dispendio<br \/>\n\u2022 Aumentan ASF vigilancia en estados<br \/>\n\u2022 Insufiente el esfuerzo contra el lavado<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[1],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/oficiodepapel.com.mx\/contenido\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/491"}],"collection":[{"href":"https:\/\/oficiodepapel.com.mx\/contenido\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/oficiodepapel.com.mx\/contenido\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/oficiodepapel.com.mx\/contenido\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/oficiodepapel.com.mx\/contenido\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=491"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/oficiodepapel.com.mx\/contenido\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/491\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/oficiodepapel.com.mx\/contenido\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=491"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/oficiodepapel.com.mx\/contenido\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=491"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/oficiodepapel.com.mx\/contenido\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=491"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}