{"id":340,"date":"2009-04-06T00:45:17","date_gmt":"2009-04-06T05:45:17","guid":{"rendered":"http:\/\/oficiodepapel.com.mx\/contenido\/?p=340"},"modified":"2010-01-22T15:03:04","modified_gmt":"2010-01-22T20:03:04","slug":"lunes-06-de-abril-de-2008","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/oficiodepapel.com.mx\/contenido\/2009\/04\/06\/lunes-06-de-abril-de-2008\/","title":{"rendered":"Lunes 06 de abril de 2008"},"content":{"rendered":"<p class=\"MsoNormal\"><!--more--><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">La Ley de Extinci\u00f3n de Dominio ha generado reacciones encontradas entre la clase pol\u00edtica mexicana y diversos sectores sociales, los cuales se han volcado a consultar a juristas y expertos para conocer los riesgos que esta legislaci\u00f3n conlleva. Su discusi\u00f3n tambi\u00e9n ha ocupado una gran parte del capital pol\u00edtico de los l\u00edderes de los partidos pol\u00edticos y sus representantes en el Congreso. Por supuesto que ante los abusos constantes a que nos tienen acostumbrados los diversos \u00f3rganos de gobierno, las dudas de la aplicaci\u00f3n de dicha ley crecen cada d\u00eda, pues no ser\u00eda extra\u00f1o que m\u00e1s all\u00e1 de actuar en contra de la organizaci\u00f3n del crimen organizado, la aplicaci\u00f3n de la ley afectara a terceros que nada tienen que ver con el narcotr\u00e1fico ni con algunas de las formas de la delincuencia organizada. Esta es la principal preocupaci\u00f3n.\u00a0 <\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">Por su lado, la Secretar\u00eda de Gobernaci\u00f3n ha hecho saber por todos los medios que mantiene reservas sobre varios art\u00edculos de la legislaci\u00f3n que permitir\u00eda a las autoridades expropiar bienes que supuestamente hayan sido utilizados para actividades relacionadas con el crimen organizado. Y hasta ahora en el PRI, a trav\u00e9s del diputado Emilio Gamboa Patr\u00f3n, ha pretendido una aprobaci\u00f3n fast track de dicha ley, mientras que el PAN hace eco de las recomendaciones de Gobernaci\u00f3n y de su titular Fernando G\u00f3mez Mont, quien ha manifestado su preocupaci\u00f3n respecto a las violaciones de derechos de terceros en la ejecuci\u00f3n de esta nueva ley. Y aunque es v\u00e1lida y leg\u00edtima su preocupaci\u00f3n, la dependencia tambi\u00e9n tendr\u00eda que poner sobre la mesa las propias limitaciones que enfrenta.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">En medio de esa discusi\u00f3n legal, la Auditor\u00eda Superior de la Federaci\u00f3n (ASF) a hecho recomendaciones a la Secretar\u00eda de Gobernaci\u00f3n y a su Centro de Investigaci\u00f3n y Seguridad Nacional (Cisen) en materia de contratos y adquisiciones de equipo tecnol\u00f3gico y armamento, pues el m\u00e1ximo \u00f3rgano de fiscalizaci\u00f3n ha analizado la estructura del organismo de seguridad nacional y sus facultades para llevar a cabo actividades que podr\u00edan relacionarse con la nueva Ley de Extinci\u00f3n de Dominio, al menos en lo que se refieren a vigilancia e investigaci\u00f3n, pero sobre todo en funci\u00f3n de la transparencia de sus actividades. <\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">Con esta nueva legislaci\u00f3n, las controversias se presentar\u00e1n cada vez con m\u00e1s frecuencia, pues la delincuencia organizada tiene a su disposici\u00f3n recursos m\u00e1s que suficientes para iniciar costosos litigios que buscar\u00e1n poner en entredicho la actuaci\u00f3n de las autoridades.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">Para empezar, los manuales de operaci\u00f3n del Cisen no se encuentran actualizados, ya que se sustenta en disposiciones como la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto P\u00fablico Federal y el Manual de Normas Presupuestarias para la Administraci\u00f3n P\u00fablica Federal, que fueron abrogados con la entrada en vigor de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su reglamento.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">El Cisen, por ejemplo, no cuenta con disposiciones claras para el registro, control, aseguramiento y administraci\u00f3n de los bienes muebles que son adquiridos. Adem\u00e1s, no cuenta con un manual de organizaci\u00f3n y de procedimientos en el que se se\u00f1alen las funciones de \u00e1reas operativas del personal que realiza actividades de seguridad nacional.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">En materia de ejercicio de recursos, la Auditor\u00eda Superior de la Federaci\u00f3n no pudo constatar que las \u00e1reas que solicitaron recursos durante el ejercicio de 2007, realizaban actividades de seguridad nacional, en contravenci\u00f3n del art\u00edculo 210, fracci\u00f3n III, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">Por ello, la ASF relata que el 11 de septiembre 2008 tuvo lugar una reuni\u00f3n de aclaraciones sobre estas inconsistencias en la rendici\u00f3n de cuentas del CISEN, en la cual se someti\u00f3 a consideraci\u00f3n de la Secretar\u00eda de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico la normativa y el procedimiento relativo al ejercicio de los recursos presupuestarios con cargo a las partidas\u00a0 de Gastos de seguridad p\u00fablica y nacional y Equipo de seguridad p\u00fablica y nacional, los cuales se encuentran en revisi\u00f3n.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">En dicha reuni\u00f3n se dio a conocer que la Secretar\u00eda de la Funci\u00f3n P\u00fablica otorg\u00f3 la autorizaci\u00f3n preliminar de la normativa y solicit\u00f3 que se deleguen al director general del Cisen las facultades de ejercicio de los recursos presupuestarios con cargo a dichas partidas. <\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">As\u00ed que Guillermo Vald\u00e9s Castellanos tendr\u00e1 la responsabilidad de responder por estos recursos. Se trata\u00a0 del funcionario que lleg\u00f3 del Grupo de Economistas Asociados (GEA) y que se vio involucrado en el supuesto espionaje a los legisladores. Por eso extra\u00f1a que, al menos en lo que corresponde a manuales de operaci\u00f3n, Vald\u00e9s Castellanos muestre este tipo de inconsistencias que han sido ubicados por la ASF. <\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">El \u00f3rgano de fiscalizaci\u00f3n recomend\u00f3 al Cisen que cumpla con las observaciones hechas por la Secretar\u00eda de la Funci\u00f3n P\u00fablica relativas a la normatividad y procedimientos Internos para el ejercicio de los recursos presupuestarios recibidos a trav\u00e9s de las partidas para gastos de seguridad p\u00fablica y nacional y equipo de seguridad p\u00fablica.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">La ASF confirm\u00f3 que Gobernaci\u00f3n, a trav\u00e9s de la Tesorer\u00eda de la Federaci\u00f3n, de enero a agosto de 2007, entreg\u00f3 el presupuesto autorizado al Cisen mediante Cuentas por Liquidar Certificadas en el concepto 4300 \u201cTransferencias para Apoyo de Programas\u201d; al respecto, los recursos fueron depositados en las cuentas bancarias con el n\u00famero 0177-39966-5 y 401283438-8, abiertas en HSBC, y que se tienen registradas ante la Tesofe, en cumplimiento de los art\u00edculos 73, fracci\u00f3n II, inciso a, 74 y 75 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. <\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">Al cierre de 2007, el Cisen ejerci\u00f3 erogaciones revisadas con cargo en la partida 3823 \u201cGastos de seguridad p\u00fablica y nacional\u201d por 55.9 millones de pesos. De ese monto, el Cisen destin\u00f3 a la adquisici\u00f3n de bienes muebles 5.9 millones que representaron el 10.7 por ciento de lo seleccionado en dicha partida, en contravenci\u00f3n del art\u00edculo 64, fracci\u00f3n II, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y del Clasificador por Objeto del Gasto, vigente en el ejercicio de 2007. El Cisen reconoci\u00f3 que utiliza normas que no se encuentran actualizadas.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">Por ello, la ASF recomend\u00f3 que ese \u00f3rgano de seguridad nacional registre las erogaciones por concepto de bienes muebles para gastos de seguridad nacional en las partidas que establezca el Clasificador por Objeto del Gasto, en cumplimiento del art\u00edculo 64, fracci\u00f3n II, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">El Cisen debe cumplir este tipo de normatividad lo antes posible porque la ASF est\u00e1 proponiendo, en t\u00e9rminos generales, que por primera vez se incluyan en la Cuenta P\u00fablica 2008 las adquisiciones de armas y equipo tecnol\u00f3gico.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">Para el Cisen, el primer a\u00f1o de la gesti\u00f3n de Felipe Calder\u00f3n no fue sencillo. Otro de los temas que toc\u00f3 la ASF fue el expediente del procedimiento de adjudicaci\u00f3n directa relativo a la contrataci\u00f3n del servicio para acceder en l\u00ednea a un Sistema Automatizado de An\u00e1lisis y Procesamiento de Informaci\u00f3n Legislativa (SAAPIL). Por cierto, se trata de la empresa que espi\u00f3 a los legisladores y por cuyos servicios el Cisen pag\u00f3 un mill\u00f3n de pesos para recopilar informaci\u00f3n sobre el Poder Legislativo.\u00a0 <\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">La ASF refiri\u00f3 que en el escrito del 17 de julio de 2007, con el cual la entidad fiscalizada motiv\u00f3 y fundament\u00f3 en la fracci\u00f3n I del art\u00edculo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector P\u00fablico el procedimiento de contrataci\u00f3n mediante adjudicaci\u00f3n directa, se\u00f1al\u00f3 que la empresa propuesta ten\u00eda la autor\u00eda del SAAPIL; sin embargo, se determin\u00f3 que a\u00fan cuando la autor\u00eda la ten\u00eda como persona f\u00edsica una de las socias, en el momento del proceso de adjudicaci\u00f3n y suscripci\u00f3n del contrato (1 de agosto de 2007), la empresa no contaba con la titularidad de los derechos patrimoniales de la autora del SAAPIL, para que se pudiera hacer uso, comercializaci\u00f3n y otorgamiento de licencias de consulta a terceros del citado sistema, ya que se encontraba en tr\u00e1mite ante el Instituto Nacional de Derecho de Autor de la Secretar\u00eda de Educaci\u00f3n P\u00fablica, la cual fue rechazada por no cumplir con lo establecido en los art\u00edculos 30, 31 y 33 de la Ley Federal del Derecho de Autor. <\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">Al respecto, el certificado de titularidad fue expedido por el Indautor hasta el 7 de agosto de 2007; en este sentido, la empresa no debi\u00f3 cotizar al Cisen el costo de los servicios por la utilizaci\u00f3n del SAAPIL ni se\u00f1alar que el sistema fue dise\u00f1ado por \u00e9sta ya que, por un lado, no era la autora de la obra y, por el otro, en ese momento tampoco contaba con la titularidad de la misma para ofertar el servicio relativo a otorgar las licencias (claves) de consulta a terceros del citado sistema.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">Adem\u00e1s, en el expediente no se localiz\u00f3 el documento que acreditara que el Cisen verific\u00f3 que la empresa hubiera dado de alata ante el Registro P\u00fablico del Derecho de Autor el contrato de cesi\u00f3n de derechos patrimoniales para que pudiera surtir efectos con terceros.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">Con motivo de la reuni\u00f3n de resultados preliminares, el \u00e1rea de adquisiciones inform\u00f3 que en el mes de julio de 2007, la persona f\u00edsica creadora de la obra inici\u00f3 el tr\u00e1mite ante el Indautor para ceder los derechos de titularidad a la empresa adjudicada, de la cual forma parte, por lo que con este hecho para la entidad fiscalizada qued\u00f3 clara la intenci\u00f3n de la autora de ceder los derechos de la obra a la empresa contratada. <\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">Asimismo, se\u00f1al\u00f3 que, al tenerse previsto la celebraci\u00f3n del contrato a partir del 1 de agosto de 2007, se incluy\u00f3 como soporte de los derechos de la titularidad de la obra, la solicitud de cesi\u00f3n de derechos del 13 de julio de 2007, presentada por la autora y una vez que se cont\u00f3 con el registro se modific\u00f3 la declaraci\u00f3n II.6 del contrato con el fin de dejar la constancia del registro de la cesi\u00f3n de derechos realizada por la autora. Sin embargo, a la fecha en que se celebr\u00f3 el contrato (1 de agosto de 2007), la empresa no contaba con la titularidad de los derechos de la obra, ya que esto sucedi\u00f3 hasta el 7 de agosto de 2007, conforme el certificado de titularidad que expidi\u00f3 el Indautor.<\/span><\/p>\n<p class=\"MsoNormal\"><span lang=\"ES\">La ASF s\u00f3lo se limit\u00f3 a observar los problemas regulatorios y no puso en tela de juicio el objetivo de este contrato: el espionaje al Congreso de la Uni\u00f3n.<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u2022\tDudas por Ley de Extinci\u00f3n de Dominio<br \/>\n\u2022\tInconsistencias en contratos del CISEN<br \/>\n\u2022\tAuditor\u00eda a las cuentas de Gobernaci\u00f3n<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[1],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/oficiodepapel.com.mx\/contenido\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/340"}],"collection":[{"href":"https:\/\/oficiodepapel.com.mx\/contenido\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/oficiodepapel.com.mx\/contenido\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/oficiodepapel.com.mx\/contenido\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/oficiodepapel.com.mx\/contenido\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=340"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/oficiodepapel.com.mx\/contenido\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/340\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/oficiodepapel.com.mx\/contenido\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=340"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/oficiodepapel.com.mx\/contenido\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=340"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/oficiodepapel.com.mx\/contenido\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=340"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}