· Investiga la ASF 200 Fideicomisos Públicos
· Gobierno de Fox se Niega a Rendir Cuentas
· Miles de Millones se Manejaron sin Destino
En sigilo, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) continúa las auditorías e investigaciones sobre la constitución, operación y financiamiento de más de 200 fideicomisos públicos y fondos privados que reciben recursos del erario federal y que fueron creados en los sótanos gubernamentales para evitar rendir cuentas a los mexicanos e impedir que los órganos de vigilancia y control del Congreso y del mismo Poder Ejecutivo indaguen el gasto de dichos recursos públicos.
La complejidad con la que el gobierno federal maneja sus recursos a través de la creación de fideicomisos y ante la insistente presión de los medios de comunicación para conocer esas “cajas chicas” que utilizan en la clandestinidad las dependencias gubernamentales, obligó a que el máximo órgano de control y fiscalización del Congreso de la Unión, la ASF, dirigiera sus investigaciones hacia estas figuras jurídicas que las secretarías de Estado y organismos descentralizados se han aprovechado para disponer de recursos públicos sin rendir cuentas a nadie amparados en el secreto fiduciario.
De hecho, el Poder Legislativo y la ASF desconocen el universo exacto de los fideicomisos, fondos, mandatos públicos y privados que, en muchos casos, no rinden cuentas y se niegan a proporcionar información. De acuerdo con los expedientes abiertos por las auditorías, mediante la figura de los fideicomisos es posible separar bienes de un determinado patrimonio y afectarlo de manera discrecional para un fin específico.
En teoría jurídica, los activos de un fideicomiso nunca se mezclan con quien los administra y sólo pueden movilizarse de acuerdo con la instrucción de quien lo crea. Así, el fideicomiso permite, al mismo tiempo, una administración de activos con gran seguridad en términos de protección contra terceros y, además, goza de un alto nivel de confidencialidad, pues se encuentra protegido por el secreto fiduciario. Esta característica ha permitido que mediante la constitución de fideicomisos no sólo se resguarden procesos administrativos sino cuantiosos recursos que no forman parte de la Hacienda Pública.
Por ello, la ASF se dio a la tarea de revisar los procedimientos y acciones de la administración pública federal y de los “entes” públicos autónomos, dada la complejidad de las operaciones como es el caso de la constitución de empresas de participación estatal mayoritaria, fideicomisos y organismos descentralizados, el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias y cesiones de derechos así como las operaciones de saneamiento financiero, la canalización de recursos vía subsidios o transferencias.
Con estas revisiones, asegura la ASF, se buscó constatar el cumplimiento de la normatividad aplicable en la operación de fideicomisos a través del análisis de la información financiera que debe reflejar la administración de “cuantiosos recursos federales”.
El problema, sin embargo, es que la ASF se enfrentó a la negativa de las instituciones bancarias de segundo piso que han sido responsabilizadas de la administración de dichos fideicomisos, para entregar información sobre la operación y la custodia de los recursos que manejan. Para la ASF la falta de información oportuna opera en contra de la objetividad en la evaluación del cumplimiento de los programas y de la transparencia en la rendición de cuentas.
El rey de los fideicomisos
El ejemplo más claro del manejo irregular de los fideicomisos y que tanto daño económico causó al país es el Fobaproa, el instrumento que guarda celosamente los secretos del rescate bancario y que se encuentra constituido en el Banco de México y su administración forma parte de la información reservada por el Instituto Central bajo la garantía del secreto fiduciario y bancario.
En el Fobaproa la ASF encontró que la administración y cobranza de la cartera adquirida por el Fobaproa se efectúa mediante fideicomisos constituidos en la división fiduciaria de cada banco (Banamex, BBVA, Bancomer, Banorte y Bital), en donde los propios bancos actúan como fideicomitentes y fiduciarios y el Fobaproa como fideicomisario.
Además, los flujos que genera la cartera por amortizaciones, intereses y recuperaciones de capital se deben reintegrar al Fobaproa que, a su vez, los utilizará para amortizar el monto de su pagaré. La ASF no contó con la evidencia documental que permitiera comprobar el cumplimiento de las cláusulas referentes a la constitución de los comités técnicos de cada uno de los fideicomisos, pues los bancos involucrados han interpuesto amparos con el propósito de evitar las auditorias.
La ASF, órgano de fiscalización que depende de la Cámara de Diputados, considera urgente expedir o adecuar las disposiciones normativas que permitan transparentar, cuantificar y conocer el destino de los recursos federales canalizados a través de fideicomisos, pues su información financiera no se desagrega en la cuenta pública, por lo que no se permite su fiscalización amparados en el secreto fiduciario.
Fideicomisos Aduanas I y II
Otro claro ejemplo de las irregularidades en el gobierno federal, son los fideicomisos constituidos por el secretario de Hacienda, Francisco Gil Díaz, y que se denominan Aduanas I y Aduanas II, los cuales guardan 8 mil millones de pesos en sus cuentas de Nacional Financiera. Esos fideicomisos aduaneros se nutren del impuesto que el Servicio de Administración Tributaria cobra a importadores y exportadores y que se conoce como Derecho de Trámite Aduanero (DTA).
Por ello, en el reporte de la Auditoría Superior de la Federación del 30 de junio de 2003 indica que en los estados de cuenta bancarios del Fideicomiso Aduanas 1 número 954-8, constituido hace 10 años en Nacional Financiera por instrucciones del entonces subsecretario de Hacienda, Francisco Gil Díaz, se reportó un saldo de 6 mil 374.8 millones de pesos producto del cobro del Derecho de Trámite Aduanero a exportadores e importadores, pero de acuerdo con información del Órgano Interno de Control de Nafin, dicha cifra se elevó en el primer trimestre de 2004 a más de 7 mil millones de pesos.
En la revisión al Fideicomiso Aduanas 1 se estableció que sólo en el año 2002 no se enteró a la Tesorería de la Federación (Tesofe) 2 mil 2 millones 493 mil 100 pesos de los ingresos generados por el DTA, ya que se depositaron a dicho fideicomiso para el pago de la contraprestación por los servicios del procesamiento electrónico de datos, de apoyo y control de despacho aduanero, en una clara infracción de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2002 y de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación.
En el amplio informe de la revisión de la Cuenta Pública 2002, elaborado por el auditor González de Aragón, durante el 2002 la Administración General de Aduanas, a cargo de José Guzmán Montalvo, envió diversos oficios a las instituciones bancarias para que aplicaran los porcentajes de distribución del Derecho de Trámite Aduanero: el 12.28 por ciento y el 33.91 por ciento para los servicios de apoyo y control de los despachos aduaneros, mientras que el 34.68, el 15 y el 13.05 por ciento para la Tesorería de la Federación (Tesofe); sin embargo, según la ASF dicha instrucción careció de fundamento legal.
El amplio documento explica que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no ha cumplido la cláusula tercera de los convenios modificatorios al contrato de Fideicomiso Aduanas 1 núm. 1078-5 (actualmente 954-8), de fechas 19 de octubre de 1994 y 2 de junio de 1998, en lo que se establece que la fiduciaria debe recibir de la Tesofe las cantidades que le sean entregadas por concepto de contraprestaciones por los servicios de procesamiento electrónico de datos y servicios relacionados para realizar el despacho aduanero y las demás operaciones que la SHCP autorice, en los términos del artículo 8-B de la Ley Aduanera (actualmente artículo 16), por lo que se infringieron también las disposiciones establecidas en las leyes de Ingresos de la Federación y del Servicio de la Tesorería de la Federación, así como su reglamento.
Por ello, a partir del análisis del contrato del Fideicomiso de Aduanas 1 número 1078-5 (actualmente 954-8) y sus convenios modificatorios, se desprende que este fideicomiso tiene características de un fideicomiso público, debido a que por instrucciones de la SHCP se incorporaron a su patrimonio 200 millones 488 mil 368.93 pesos, monto derivado de la cancelación del Fideicomiso SHCP-ISSA y del contrato de prestación de servicios de la SHCP con la empresa Integradora de Servicios Operativos Sociedad Anónima (ISOSA).
El fideicomitente del Fideicomiso Aduanas 1 es la SHCP por conducto del SAT, y ambas entidades pertenecen a la Administración Pública Federal y su Comité Técnico está conformado por servidores públicos del SAT y de Nafin, de tal manera que se trata de un fideicomiso público que hasta ahora han manejado como si fuera privado, en clara violación a diversas leyes mexicanas.
Los ingresos que recibe el fideicomiso para el pago de la contraprestación de los servicios del procesamiento electrónico de datos y de apoyo y control del despacho aduanero provienen del DTA, según se dispone de los artículo 2º, fracción IV del Código Fiscal de la Federación 49 y 50 de la Ley Federal de Derechos, por lo que deben concentrarse invariablemente en la Tesofe por su carácter de contribuciones federales.