• El litigio entre Serrano Segovia y Gil Díaz
• Investiga el fisco a los grupos TMM y TFM
• Supuesta evasión fiscal por 164.6 millones
La Secretaría de Hacienda no es precisamente la más querida del gabinete y mucho menos la más aceptada entre los sectores laboral y empresarial. Y la razón es obvia: el fisco es un ser despreciable que persigue a trabajadores y a empresas para quitarles el dinero que ganaron con el sudor de su frente. Más aún, como sucede en el caso mexicano, cuando el pago de impuestos se ha convertido en una verdadera complejidad que obliga a todos a contratar a contadores y fiscalistas para poder cumplir con la hacienda pública, pues el odio y al mismo tiempo el temor de la población van en aumento.
En ese terreno, la semana pasada expusimos aquí las disputas que hay entre el secretario de Hacienda, Francisco Gil Díaz, y el magnate Carlos Slim, propietario del Grupo Carso, quien es perseguido fiscalmente. Ahora toca el turno al magnate naviero José Serrano Segovia, propietario de TMM y TFM, ambas empresas en problemas con el fisco federal.
Este es el inicio de la historia: Ferrocarril del Noreste, hoy TFM, que preside José Serrano Segovia, también propietario del Grupo Transportación Marítima Mexicana (TMM), fue la primera empresa del sector ferrocarrilero en ser privatizada en 1996. Su prospecto de venta al momento de la licitación establecía que “el gobierno federal capitalizará en la empresa los pasivos derivados de la enajenación y el otorgamiento del título de concesión, con lo cual la transmisión de los activos no se considerará una exhibición en especie”.
Los adquirentes del ferrocarril interpretaron la licitación de forma tal que, en su opinión, la empresa tendría entre sus activos el IVA generado por la operación, puesto que este era un pasivo derivado de la misma.
Pese a ello, desde antes de que se firmaran los contratos respectivos entre los adquirentes del ferrocarril y las autoridades, fue claro que habría una diferencia de opinión, en cuanto que la autoridad consideraba que el IVA le correspondía a ella y los adquirentes señalaban su derecho a que dicho monto fuera capitalizado en la empresa de conformidad con las bases de licitación, el estado financiero pro forma y los estados financieros del ferrocarril siendo privatizado.
A mediados de 1997 comenzó un litigio en los tribunales entre TFM y el gobierno federal por la devolución del IVA respectivo, el cual ascendía a 2 mil 111 millones de pesos de diciembre de 1996.
Después de un largo proceso, en agosto de 2003 el Tribunal Fiscal emitió sentencia definitiva a favor de TFM. Tan es así, que la Tesorería de la Federación expidió un certificado de devolución de impuestos en enero de este año por la cantidad originalmente reclamada, pero al día siguiente el Servicio de Administración Tributaria le embargó precautoriamente dicho certificado.
El argumento que dio Hacienda fue que los papeles en poder de la empresa en los cuales ésta se había basado para solicitar la devolución del IVA no cumplían con requisitos fiscales, siendo que dichos documentos le fueron proporcionados por la misma autoridad en el momento de enajenación del ferrocarril.
Para el magnate José Serrano Segovia la empresa ha hecho probar su verdad en tribunales en torno al litigio por la devolución del IVA, y en estos momentos está en espera de una notificación por parte del Tribunal Fiscal sobre una queja interpuesta por la compañía con relación a la expedición del certificado. Una vez recibida dicha notificación, la compañía decidirá el curso legal a seguir hasta que se cumpla con su derecho a recibir la devolución correspondiente.
El fisco contra TMM
Como el litigio con TFM es prácticamente un caso perdido para Hacienda y ésta tendrá que devolverle los más de 2 mil millones de pesos a valor de 1996, el fisco no se queda quieto ni acepta sumiso la decisión de tribunales, así que desde el inicio de la actual administración, cuando tomó las riendas de Hacienda Paco Gil, se iniciaron una serie de auditorías en contra del Grupo TMM, propietario también de TFM, para llegar a la conclusión de que había irregularidades en sus obligaciones fiscales y así mantenerlo bajo amenaza de alguna consignación por evasión fiscal.
Esta vez el grupo empresarial TMM es acusado de supuestas irregularidades fiscales por 164.6 millones de pesos, al “simular actos y contratos en perjuicio del fisco federal”.
Según documentos de la Administración General de Evaluación del SAT, el Grupo TMM, cuyo presidente es José Serrano Segovia, realizó ante Hacienda deducciones indebidas por 164.6 millones de pesos y durante la auditoría fiscal le encontraron discrepancias en las cifras entre el dictamen fiscal y la declaración anual que hizo la empresa, la cual fue presentada con fecha posterior al dictamen (31/01/2002), según informe de inicio presentado el 12 de marzo de 2002 por el personal auditor sin especificar los renglones.
En la información confidencial de Hacienda se precisa que el dictamen se emitió con opinión negativa y que la empresa TMM está en proceso de conciliar cifras con los anexos fiscales y respaldar algunas deducciones: Sin embargo, señala el SAT, “no se cuenta integrado al expediente el dictamen de referencia y conociendo a requerimiento nuestro con el área responsable de su desahogo que en la declaración anual se tiene registrado un incremento en las deducciones por 164 millones 633 mil 752 pesos con relación al dictamen”.
De acuerdo con papeles de trabajo sobre los resultados de evaluación para detección de casos que caen en los supuestos de delitos fiscales, el 5 de julio de 2002 el jefe de departamento de la Administración de Revisión de Impuestos Internos, José Antonio Sandoval Olguín, y el supervisor Carlos Fraga Díaz, determinaron que con relación a los pagos provisionales del ISR, IA e IVA del ejercicio 2000, en el renglón 950020, “Otros estímulos”, la contribuyente (TMM) compensó los impuestos por pagar con saldos a favor de ejercicios anteriores de sus empresas filiales.
Asimismo, dice Hacienda, afectó el edificio de su propiedad en fideicomiso y considera la operación en términos contables como una venta y para efectos fiscales como un préstamo, lo cual es una irregularidad. Respecto a lo anterior, el fisco federal observa que el personal auditor tenía conocimiento de tal hecho, toda vez que le fue requerido a la contribuyente visitada el 26 de agosto de 2002 (cinco meses después del inicio), y al que dio contestación el 3 de septiembre.
Hacienda reconoce también algunas deficiencias en sus investigaciones al señalar que hay atención inadecuada al seguimiento de la revisión, toda vez que el único reporte que obra del auditor en el expediente es el informe de inicio del 12 de marzo de 2002, sin presentar informes de avance habiendo transcurrido 7 meses.
El Grupo TMM se defiende
En los reportes fiscales se explica que la prescripción de esta investigación en contra de TMM tiene fecha de cierre el 31 de enero de 2007; sin embargo, al pedir al grupo empresarial su opinión sobre esta información, aceptó que Hacienda le practicó una visita domiciliaria con relación al ejercicio fiscal del año 2000, pero asegura que las observaciones fiscales fueron atendidas en su oportunidad “a plena satisfacción por las autoridades fiscales” y, tan es así, que dicha visita domiciliaria se cerró el 19 de agosto del 2003 sin la imposición de crédito fiscal alguno.
Se pidió a la Secretaría de Hacienda la confirmación del cierre de esta investigación fiscal como asegura TMM, pero hasta el momento no hubo respuesta del SAT ni de la Procuraduría Fiscal y, por el contrario, funcionarios Hacienda aseguran que nada está cerrado con relación a TMM y TFM.
El Grupo TMM explicó sobre las discrepancias encontradas por Hacienda entre lo mostrado en el dictamen fiscal y la declaración del ejercicio en el rubro de deducciones autorizadas que “es práctica común que en el transcurso del trabajo de auditoria externa se haga alguna reclasificación de cifras para mostrar la conciliación contable fiscal dentro del DAF. La reclasificación de cifras no generó cambio en la determinación de la utilidad o pérdida del ejercicio es decir, se trata de un mero efecto de presentación de las cifras que se incluyen en la conciliación contable – fiscal”.
Con relación a los pagos provisionales de ISR, IA e IVA del ejercicio, TMM señaló que efectivamente éstos se cubrieron con activos (saldos a favor) de empresas subsidiarias, lo cual es una situación totalmente permisible de acuerdo al Código Fiscal de la Federación (fracción VIII del artículo 26), toda vez que se trata de la asunción de responsabilidad solidaria de manera voluntaria.
Sobre la afectación del edificio en fideicomiso y su tratamiento fiscal y contable, el grupo empresarial consideró que “en efecto, fiscalmente la operación se asimila a un préstamo, al no considerarse que existe enajenación de los bienes afectos en fideicomiso en términos del Código Fiscal de la Federación. A su vez, el tratamiento contable de la misma se ha hecho con base en las normas internacionales de contabilidad. Dichas normas son de observancia obligatoria para la empresa para efectos financieros, lo cual, vale la pena mencionar, no tiene afectación alguna para efectos fiscales”.
Finalmente, sobre la falta de reconocimiento de los efectos de la inflación, TMM dice que en virtud de los distintos rubros de su actividad empresarial, TMM reporta sus estados financieros en dólares estadounidenses (autorización de la CNBV desde 1986), y en estos casos es práctica común que no aplique la presentación del boletín B10 (boletín del Instituto Mexicano de Contadores Públicos que se utiliza para incorporar los efectos de la inflación en los estados financieros de las empresas que reportan en pesos mexicanos). Ello, además, no tiene afectación alguna para efectos fiscales ya que la mención que se hizo es relativa a la información financiera. Ello no significa que no se reconozcan los efectos de la inflación para efectos fiscales.
“En los últimos años TMM ha sido permanente y ampliamente auditada por las autoridades fiscales, sin que hayan habido situaciones desafortunadas que lamentar. La compañía no tiene nada que esconder, menos siendo una empresa pública. Por ello, creemos que no hay bases que soporten las informaciones que provienen de supuestas investigaciones por parte de la autoridad. Esta, no sobra añadir, está en su derecho de proceder conforme el marco legal vigente”.
¿Alguien tiene dudas de quién es el secretario del gabinete con mayor poder, incluso que el mismo presidente de la República?